San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, libro II, cap. 29: “Así como es lícito resistir al Pontífice que agrede al cuerpo, así también es lícito resistir a aquel que agrede a las almas o destruye el orden civil o, sobre todo, trata de destruir la Iglesia. Digo que es lícito resistirle no haciendo lo que ordena e impidiendo la ejecución de su voluntad. No es lícito, sin embargo, juzgarlo, castigarlo o deponerlo”.
Respuesta: Muchos de los que creen que Benedicto XVI es el papa, sin embargo rechazan los actos oficiales de su “Iglesia”, como el Concilio Vaticano II, intentan justificar su falsa posición en base a este pasaje de San Roberto Belarmino.
De hecho, este pasaje es uno de los fragmentos más usados como evidencia por parte de aquellos que se lanzan contra la posición sedevacante. Por desgracia, el pasaje ha sido completamente abusado y distorsionado. En primer lugar, en el capítulo que sigue inmediatamente de la cita anterior, Belarmino nos enseña lo siguiente:“Un papa que se manifieste hereje, por ese mismo hecho (per se) cesa de ser papa y cabeza, así como por lo mismo deja de ser un cristiano y miembro de la Iglesia. Por tanto, él puede ser juzgado y castigado por la Iglesia. Esta es la enseñanza de todos los Padres antiguos, que enseñaban que los herejes manifiestos pierden inmediatamente toda jurisdicción”[1].Esperen un segundo. En el capítulo 29 (la cita dada en la 8ª objeción), San Roberto dice que al papa nadie puede “juzgarlo, castigarlo o deponerlo”. En el capítulo 30, él dice que un hereje manifiesto cesa de ser papa (es decir, es depuesto) y que puede ser “juzgado y castigado” por la Iglesia. Mi pregunta a aquellos que hacen esta objeción es la siguiente: ¿Acaso es un idiota San Roberto Belarmino?
San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, cap. 29 | No se puede “juzgar, castigar, o deponer” al papa. |
San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, cap. 30 | Un papa que se manifieste hereje es depuesto, “juzgado y castigado”. |
San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, II, 30: “Porque, en primer lugar, se demuestra con argumentos de autoridad y por la razón de que el hereje manifiesto es depuesto ‘ipso facto’. El argumento de autoridad se basa en San Pablo (Tito 3, 10), que ordena que evitemos al hereje después de dos advertencias, es decir, después de haber mostrado ser manifiestamente obstinado; lo que significa que antes de cualquier excomunión o sentencia judicial. Y esto es lo que escribe San Jerónimo, añadiendo que otros pecadores están excluidos de la Iglesia por la pena de excomunión [ferendae sententiae = proceso formal], pero los herejes, por sus propios actos, se exilian y se separan ellos mismos del cuerpo de Cristo [latae sententiae = excomunión automática]”.Y una vez más enseña San Roberto Belarmino:
San Roberto Belarmino, De Romano Pontifice, II, 30: “Este principio es de lo más cierto. El no cristiano no puede de ninguna manera ser Papa, como el mismo Cayetano admite (lib. c. 26). La razón de esto es que no puede ser cabeza de lo que no es miembro; ahora bien, quien no es cristiano no es miembro de la Iglesia, y un hereje manifiesto no es un cristiano, como enseña claramente san Cipriano (lib. 4, epíst. 2), san Atanasio (ser. 2 cont. Arian.), san Agustín (lib. de grat. Christ. cap. 20), san Jerónimo (contra Lucifer.), y otros; por lo tanto, el hereje manifiesto no puede ser Papa”.[2].Leer otras Respuestas a las objeciones más comunes contra el Sedevacantismo Notas:
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